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sábado, diciembre 21, 2024

El Registro Nacional responde a preguntas de Emprendedores 506 sobre el registro de marca

El Colectivo 506
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El equipo editorial de El Colectivo 506 trabajó en conjunto para publicar esta nota. The editorial staff of El Colectivo 506 worked together to publish this article.

¿Qué tan difícil es lograr el registro de marca para un emprendimiento? Y ¿realmente vale la pena? Estas y muchas otras preguntas se hablaron durante el chat, o “cafecito”, más reciente de nuestra comunidad WhatsApp Emprendedores 506, esta vez con el Registro Nacional. Durante una hora presentaron muchas preguntas sobre sus opciones para registrar sus marca que fueron atendidas por nuestra invitada especial, Sabrina Loáiciga, jefa del subproceso de Signos Distintivos, del Registro de Propiedad Intelectual.

Agradecemos a Sabrina por todo el tiempo invertido, y al Banco Popular que ha patrocinado dos entradas de nuestra Ruta Emprendedores 506 este año, acercando a emprendedores del país a las personas que puedan guiarnos con algunos de los temas más complejos que enfrentamos. (Para más información de fondo sobre el tema, consulte el artículo especial, “La propiedad intelectual en Costa Rica: lo que debo saber sobre el registro de marca”).

Sabrina recordó a la comunidad datos importantes como que “se paga $50 por cada clase [en que se registre una marca] indistintamente de la cantidad de productos o servicios de la misma clase”.

También compartió los vínculos para realizar el procedimiento de inscripción en línea, pero recalcó que “también puede hacerlo por medio de las computadoras de consulta gratuita que tenemos dentro de las oficinas del Registro de Propiedad Intelectual en Zapote, o en cualquiera de nuestra serie regionales alrededor de todo el territorio nacional, donde ustedes pueden venir dentro de nuestra jornada laboral, 8 am a 3:30pm. No necesitas sacar cita previa, usted simplemente viene y se sienta en una computadora y hace la búsqueda”.

“Aquí me anticipo un poco en romper con otro mito”, dijo Sabrina durante la conversación, “que dice que el trámite es muy complejo, o que yo voy a requerir siempre de un abogado para hacer el cambio.

“Hoy el Registro de Propiedad Intelectual quiere reiterarles y enfatizar que el procedimiento de inscripción, además de sencillo, puede realizarlo cualquier persona. Entonces, es importante que todos los emprendedores se atrevan a iniciar un proceso de inscripción de marca y sobre todo a fortalecer el proyecto con el cual han iniciado a través del tiempo”.

Abajo, preguntas de miembros de Emprendedores 506 y extractos de las respuestas de Sabrina, compartidas en vivo durante el chat y posteriormente editadas para claridad y brevedad. (Para participar en futuros eventos, ¡únase a la comunidad aquí!)

Queremos producir miel de abeja y vender ese producto con alto valor agregado. Requerimos conocer los pasos para nosotros mismos gestionar el registro de marca, logotipo y demás.

El objetivo [del registro de marca] es que cuando el consumidor quiera ir a un establecimiento y escoger la miel de abeja lo va a identificar. No se trata de monopolizar un producto, no significa que otro productor de miel de abeja no pueda competir en el mercado, muy por el contrario. El registro de la marca, lo que busca es que muchos competidores entren en el mercado con un mismo producto y sea el consumidor quien los elija e identifique por su marca.

El Registro de Propiedad Intelectual tiene un sitio web oficial que debe visitar. El objetivo de esta plataforma es que desde la comodidad en su casa, siempre y cuando tenga firma digital, pueda realizar el trámite [del registro]. Puede ver este video para entender mejor el proceso de presentación en línea.

También puede hacer la solicitud de manera personal en las oficinas del REgistro Nacional ubicadas en diferentes partes del país.

  1. Primero determine a nombre de quién es la solicitud (persona física o persona jurídica).
  2. Luego determinar con qué productos o servicios quiere identificar con esa marca. Si estamos hablando de productos podría ser un café, podrían ser galletas o cualquiera de los productos que ustedes se puedan imaginar, igual con los servicios.
  3. En el proceso de definir su marca, es importante revisar si la misma o algo muy similar no ha sido registrado antes, porque eso impedirá que usted pueda registrar su nueva marca.
  4. Cuando ya sabe qué es su producto y/o servicio, debe encontrar en que clase mejor califica, y lo puede hacer en este sitio web.
  5. Definir cómo quiere usted registrar su marca, que puede incluir tipografía, elementos gráficos, color, una leyenda, etc.
  6. Sigue entonces, en el vínculo oficial mencionado donde sube todos los documentos solicitados en formato PDF, incluyendo las calificaciones definidas en el punto 3.
  7. Incluir el comprobante de pago para realizar el trámite.

Este video del Registro Nacional puede ayudarle a orientarse.

Este otro video explica cómo acceder al sistema de consultas gratuitas de Propiedad Intelectual (WIPO PUBLISH), porque usted debe asegurarse que nadie más ha registrado una marca igual o muy similar a la que desea registrar.

¿Por qué las tarifas para registrar una marca están en dólares?

Es una disposición legal que en su momento se aplicó para evitar estar haciendo ajustes cada año a las tarifas, sino que automáticamente por el tipo de cambio de dólar se aplica un ajuste. Este tipo de rubros, al estar dados por ley, necesitan de una modificación a la ley cada año, lo que afectaría la agilidad del proceso de inscripción e información para el usuario.

¿Qué hay que hacer para proteger la marca de uno fuera del país? ¿Hacer el mismo trámite en cada país? ¿Hay alguna otra forma?

Actualmente el registro es territorial, se inscribe aquí, por ende se protege en Costa Rica. De tener interés de registrarla en otros países debe dirigirse a cada país y cumplir con los requisitos de cada instancia respectiva.

¿No hay ninguna solución global o regional? ¿Hay que ir país por país?

Tenemos en trámite a nivel de país la aprobación del sistema de Madrid, éste instrumento internacional permitiría el trámite de solicitudes de marcas en Costa Rica hacia otros países que también son miembros de este instrumento internacional, aún no ha sido aprobado pero esperamos que ocurra pronto para implementarlo en Costa Rica.

¿Cuál es el plazo de prioridad que se da para registrar la marca en otros países?, para que todos los emprendedores lo tomemos en cuenta si queremos exportar nuestros productos o servicios.

El derecho de prioridad es precisamente un derecho que tiene un titular. De registrar su marca en otro país, resguardando el plazo de la primera solicitud, se debe solicitar [en Costa Rica] dentro del plazo de los seis meses posteriores a la solicitud de ese otro país. Esto está respaldado en el Artículo 5 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos.

Esto quiere decir que si usted registró una marca primero en Panamá y diez años después usted quiere venir a registrarla a Costa Rica, aquí ya no le aplica el derecho de prioridad, porque evidentemente los seis meses ya fueron superados.

Hace ocho años intentamos registrar nuestra marca, pero el nombre de nuestro producto fue lo que dijeron genérico, cosa que aún debato. Todo el proceso y dinero se perdió.

Existe la posibilidad de que cualquier persona, previo a iniciar su trámite de inscripción, haga una consulta en línea por medio de la plataforma WIPO para verificar si, eventualmente, existe una marca igual o similar a la que usted quiere registrar. Ahora bien, ¿qué pasa si usted no hace la consulta previa? Cuando usted inicia su proceso de inscripción, parte del proceso es hacer una consulta.

Entonces, si resulta que otro titular la tiene similar o igual, les tengo una muy buena noticia: usted no pierde el dinero. Usted puede terminar ese proceso reutilizar el entero bancario y hacer un trámite nuevo.

Si esto ocurre, que existe una marca anterior registrada que se parece a la suya, entonces piense en un término que no vaya a ser igual o similar al que usted tenía anteriormente, para que no le vuelvan a devolver su inscripción. Pero lo más importante es que el dinero no se pierde, entonces esto lo pueden reutilizar las veces que sean hasta que la inscripción de su marca sea exitosa.

También, deben saber que la reutilización del entero bancario no caduca. Esto quiere decir que si su marca se archivó o se denegó o su proceso quedó en pausa hace cinco años, usted puede de igual manera reutilizar el entero bancario, aunque su entero bancario sea de hace cinco años. Entonces las personas que en algún momento hayan hecho este trámite más bien les motivamos a que se acerque a nosotros y podamos verificar que efectivamente el estado actual de ese trámite es “archivado o denegado” para que usted pueda tener acceso a una copia del entero bancario y reiniciar su trámite reutilizando el entero bancario.

Yo tengo un problema actual con un registro de marca. Había solicitado el registro a título personal, se venció el plazo de la publicación del edicto. Luego tramité el registro de la marca pero a título de una sociedad anónima en la que soy apoderado generalísimo. Pagué un nuevo entero, ya que no sabía que se podía reutilizar. Ahora me lo devolvieron, ya cerrado mi caso, porque el entero nuevo no lo pagó mi sociedad, sino yo como persona física.

Cuando se hace la reutilización del entero bancario tiene que ser siempre el mismo titular. Esto quiere decir que si usted hizo las primeras solicitud a título personal, cuando usted hace el segundo trámite para reutilizar el entero bancario tiene que ser igual al título personal. De no ser así, va a tener que volver a pagar.

¿Cuándo en el proceso [de emprender] es recomendable buscar el registro de marca? ¿Al inicio, o una vez que se haya comprobado que va a funcionar el producto?

Los emprendedores siempre nos preguntan si es mejor esperar a que mi producto esté en el mercado y yo lo empiece a vender para poder hacer una marca o viceversa. Nosotros siempre enfatizamos que es importante que desde el momento en que usted quiere ingresar su producto al mercado, usted tenga su marca. Hemos conocido muchísimos casos en nuestra oficina donde emprendedores han iniciado su emprendimiento o su posicionamiento de producto en el mercado—incluso que ya los tienen distribuidos en diferentes establecimientos comerciales—pero no han registrado su marca y resulta que ese producto está empezando a tener éxito en el mercado. Siempre recordemos que, como dicen por ahí, andan los competidores de manera fraudulenta queriendo sacar ventaja de otro que ya ha invertido.

Usted ha invertido tiempo y dinero en posicionar su producto, ¿qué significa eso? Que hay una persona que tal vez ve que su producto que se está vendiendo bien, en diferentes lugares comerciales, viene, hace una revisión en nuestra base de datos y se da cuenta que su marca no está escrita, y esta persona puede perfectamente venir a registrar la marca. Cuando tal vez un año, dos, tres y hasta cinco años después, usted viene a registrar su marca porque se ha dado cuenta que ya tiene un contrato bastante con otro socio y le dice “quiero que lo hagamos por medio de un contrato meramente privado donde quede costando el registro de la marca”. Y ¡sorpresa! nos damos cuenta que ese producto que está teniendo éxito nunca registró su marca. Se inicia el proceso de inscripción y, cuando se dan cuenta, un tercero dos, un año o hasta un mes antes [lo registró].

Una de las situaciones más tristes que hemos visto, en estos casos, es que el emprendedor se ve obligado a volver a cambiar la imagen de su producto, porque ya no puede registrar la marca. O decide ir en búsqueda de esta tercera persona que se le adelantó a registrar su marca, y hacer negociaciones para hacer un traspaso en el registro de titular.

¿El registro de la marca también es una manera de darle un valor agregado a nuestros clientes? porque al tener un distintivo claro de quienes somos, les damos la oportunidad de elegir basados en esa credibilidad de nuestra marca.

El registro de marca busca potencializar las marcas, en cualquier producto o cualquier servicio. Hay que romper con el mito que las marcas se protegen solo para grandes empresarios o para multinacionales o solo para grandes sistemas corporativos empresariales. Eso es un mito porque cualquier emprendedor tiene la posibilidad de registrar su marca.

Ahora bien, tenemos que recordar que el éxito de la marca va asociado a la publicidad y posicionamiento que usted le dé a la misma en el mercado. De igual forma, entre más alcancemos al consumidor, busquemos satisfacer las necesidades que quiere y espera como consumidor, por supuesto que ganamos credibilidad para la marca.

Si una persona empieza a usar el nombre de mi marca y está registrada ¿qué procedimiento es el correcto?

Si la marca está registrada, el propietario tiene un derecho que le permite una exclusividad de uso en tiempo y espacio (las marcas se protegen por 10 años). Mientras la marca esté vigente es un derecho exclusivo del titular.

Entonces, ¿qué pasa si una persona ajena a esta titularidad usa mi marca o tan siquiera una parcialidad de la marca?

Primero nosotros siempre sugerimos al titular de la marca que pueda solicitar una certificación de que tiene la marca registrada, con el objetivo de presentar prueba y hacer valer el derecho en una instancia judicial.

En algunos casos que hemos visto en la práctica, cuando hay una afectación, incluso en la imagen de la empresa, porque usted como titular de una marca se ha enfocado en la calidad del producto y llega otro y utiliza un producto en el mercado que no tienen las mismas condiciones de prestigio sobre las cuales usted ha trabajado, evidentemente les estaría generando una mala imagen en el mercado. Esto tiene una connotación económica perjudicial para el titular de la marca que puede ser perfectamente demostrable en sede judicial.

Estoy terminando con el desarrollo de una aplicación MVP y quisiera saber, ¿en este caso cual seria el proceso de propiedad intelectual más que registro de marca? ¿Será esta la mejor opción para asegurar la app?

Primero, cuando hablamos de una marca podría registrarlo como una plataforma, puede registrarlo también como un software, o como una aplicación online, o una plataforma. Cualquiera de estos puede ser por medio de una marca.

¿En qué radica la diferencia [entre registro de marca o propiedad intelectual], a pesar de que el trámite es el mismo? En identificar qué es exactamente lo que quiere proteger: ¿el software, la aplicación o la plataforma? Dependiendo de lo que se quiera proteger existen lineamientos internacionales que se aplican a los productos y servicios en cualquier solicitud. Entonces cuando nosotros logramos identificar qué es exactamente lo que yo quiero proteger, voy a poder saber cuál es la clase que debo de colocar en el formulario.

Otra de las herramientas que también podría registrar su app sería como un registro de derechos de autor bajo la modalidad del software. Es un trámite totalmente diferente al trámite de marcas, tiene costos diferentes, tiene un formulario distinto.

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